En relación con la nota de ámbito general publicada por el Consejo general de Colegios de ópticos-Optometristas (CGCOO) con motivo del Día Mundial del Glaucoma que se conmemora hoy 12 de marzo, por la que advierte a los ciudadanos que: “medio millón de españoles que padece glaucoma y lo desconoce, puede llegar en casos más graves a sufrir ceguera, si no acude con regularidad a un establecimiento de óptica para someterse a una revisión visual que permita detectar y tratar a tiempo esta patología”, la Sociedad Española de Oftalmología (SEO) y la Sociedad Española de Glaucoma (SEG) quieren hacer llegar a todos los medios de comunicación, tanto de difusión general como sanitaria, así como a todos los ciudadanos españoles lo siguiente:
1.- La Sociedad Española de Oftalmología (SEO) es la principal sociedad científica de la especialidad y representa a más de 4.000 oftalmólogos en práctica en nuestro país. La Sociedad Española de Glaucoma (SEG) es la sociedad que engloba aquellos médicos especialistas en oftalmología que practican la subespecialidad de glaucoma.
2.- La ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS) en su artículo 6.2.a establece que: “corresponde a los Licenciados en Medicina la indicación y realización de las actividades dirigidas a la promoción y mantenimiento de la salud, a la prevención de las enfermedades y al diagnóstico, tratamiento, terapéutica y rehabilitación de los pacientes, así como al enjuiciamiento y pronóstico de los procesos objeto de atención”. Por tanto la competencia exclusiva del diagnóstico precoz de las enfermedades oculares corresponde al médico. Ello ha sido corroborado por múltiples sentencias del más alto tribunal de forma reiterada. No puede ser de otra forma, dado que la salud es de los bienes jurídicos más preciados y las consecuencias de su irregular manejo no solo puede conllevar secuelas irreversibles y responsabilidad civil e incluso penal por ello.
3.- El glaucoma es la principal causa de ceguera y discapacidad visual irreversible en el mundo. Si no se diagnostica y trata a tiempo, puede llegar a provocar un deterioro del campo visual que en ocasiones puede ser severo e incluso provocar la ceguera.
4.- Las competencias de los ópticos-optometristas no incluyen el DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO de enfermedades visuales como el glaucoma. Por ello el diagnóstico y tratamiento no puede realizarse por un óptico-optometrista en un establecimiento de óptica.
5.- El diagnóstico y tratamiento de las enfermedades oculares y en concreto del GLAUCOMA es competencia EXCLUSIVA de los médicos oftalmólogos, únicos profesionales sanitarios capacitados y habilitados legalmente para diagnosticar y tratar esta patología. Los médicos oftalmólogos cuentan con una formación específica mínima de 10 años (seis años para obtener el grado de Medicina y cuatro para obtener el título de especialista en oftalmología).
6.- El diagnóstico del glaucoma se basa en la comprobación de la presión ocular y la interpretación de los factores de riesgo y de los resultados de las pruebas sobre el daño de la función visual y sobre la estructura del ojo (nervio óptico). Dentro de las competencias y la formación de los ópticos-optometristas NO se incluye la interpretación de las pruebas necesarias para realizar el diagnóstico. Igualmente, los instrumentos para la toma de la presión manejados por los ópticos-optometristas son exclusivamente para el screening poblacional y NO para efectuar un DIAGNÓSTICO. Por otra parte, existe una forma de glaucoma, el glaucoma de baja tensión, que no puede ser diagnosticado ni sospechado con la simple medida de la Presión Intraocular.
7.- Por lo tanto, estas afirmaciones vertidas hoy por el CGCOO son muy graves y generan confusión entre la población. Seguir dichas recomendaciones puede contribuir al diagnóstico tardío de la enfermedad y a poner en un serio peligro la salud visual de los ciudadanos. Por otra parte, dicha publicidad implica un claro ilícito y es punible por su falsedad y carácter intrusista. Según la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias (LOPS) solo los médicos pueden diagnosticar y tratar las enfermedades oculares.
8.- Gracias a los avances médicos y tecnológicos de las últimas décadas, el médico oftalmólogo dispone de los conocimientos, medios técnicos y tratamientos necesarios para poder efectuar tanto la prevención como el diagnóstico precoz y tratamiento eficaces de esta enfermedad. Por lo tanto nunca confíe la salud de sus ojos a otro profesional distinto del médico oftalmólogo.
9.- Desde nuestras sociedades llevaremos a cabo todas las acciones necesarias a todos los niveles para exigir la rectificación de esta comunicación y la depuración de responsabilidades, así como aquellas medidas para que este tipo de acciones no vuelvan a suceder.
Madrid, a 12 de marzo de 2021,
Junta Directiva de la Sociedad Española de Oftalmología
Junta Directiva de la Sociedad Española de Glaucoma